Contrato laboral
Contrato de trabajo es aquél por el cual una
persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural
o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y
mediante remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador,
quien lo recibe y remunera, patrono, y la remuneración, cualquiera que sea su
forma, salario.
El contrato unilateral
El contrato unilateral es
aquel contrato que genera obligaciones solo para una de las
partes en el contrato; se contrapone, por lo tanto, al contrato bilateral (también
llamado sinalagmático).
El ejemplo más clásico es el contrato de donación, en
el que una persona se obliga a
entregar a otra la propiedad de un bien o derecho sin
recibir nada en contraprestación. Otros ejemplos de contratos unilaterales son
el mutuo o préstamo de consumo, el comodato o préstamo de uso, el depósito, la prenda; y la fianza. En todos ellos, existe sólo un deudor. Deben, tanto el
mutuario, el comodatario y el depositario, la restitución de la cosa que se les
ha entregado. Mediante el contrato de prenda, el deudor pignoraticio debe
entregar al acreedor pignoraticio la cosa mueble que empeña.
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